"Los motivos por los que el deudor no paga con puntualidad tienen orígenes diversos, pero se pueden agrupar en tres categorías:
1. Morosos intencionales: Son los malos pagadores que retrasan voluntariamente el pago de las facturas, aunque dispongan de recursos suficientes para hacer el abono, con el fin de obtener financiación gratuita.
2. Morosos de buena fe: Son aquellos deudores que no pueden hacer frente a sus pagos por problemas transitorios de liquidez o porque su estructura financiera es deficiente y empiezan a mostrar los primeros síntomas de una insolvencia técnica. También el motivo puede ser un cambio de gerencia en las empresas, o un problema externo que ha bloqueado su capacidad para generar fondos.
3. Morosos por incompetencia: Son los deudores que, por culpa de una mala organización, no disponen de la información ni de los procedimientos adecuados para hacer los pagos correctamente.
Estos estudios también indican que el deudor - persona física que responde al perfil de 'moroso profesional', aglutina en mayor o menor medida una serie de rasgos comunes que se enumeran a continuación:
· Empresario emprendedor y profesional liberal
· Varón de 35 a 55 años
· Con varias marcas comerciales o varios negocios paralelos
· Buena presencia
· Impagador desde la primera factura
· Tendencia a terceras personas
· Sin propiedades a su nombre
· Situación familiar indefinida
· Planifica su estrategia con operaciones de medio y alto importe"
Del informe 'Morosidad y registros de morosos en España'. Más información en la página web de la consultora SERFICOIN. Artículo extraído del blog de Ángel Blanco en El Norte de Castilla
Moroso es la persona física o jurídica que está legalmente reconocido como deudor, en el ámbito bancario español se suele aplicar a partir del tercer recibo impagado.
Para ser reconocido legalmente como moroso debe obrar en poder de ambas partes un documento legalmente reconocido donde el deudor esté obligado a efectuar dichos pagos por ejemplo: contratos de créditos, contratos de tarjetas de crédito, contratos de servicios telefónicos, escrituras hipotecarias y escrituras de crédito con garantías hipotecarias, letras de cambio, cheques o pagarés impagados. De no existir dicho documento la deuda no existe legalmente y no se puede proceder contra el/la deudor/a.
Los morosos suelen incluirse en ficheros automatizados para apoyar la toma de decisiones en el ámbito financiero y crediticio, estos ficheros pueden pertenecer a asociaciones bancarias, financieras o empresas privadas. Las entidades consultan el fichero cuando una persona va a pedir un crédito, o una financiación, o cualquier otra operación que entrañe un riesgo económico, para comprobar si la persona que lo solicita está al corriente en operaciones similares con otras entidades. Es, por tanto, un mecanismo de información.
Como consecuencia ello puede traerles varios y graves problemas como la falta de aceptación de los bancos a la hora de fraccionar pagos o solicitar créditos o aplazamientos debido al riesgo que ello supone. También a la hora de contratar servicios de empresas de telefonía móvil, fija.
Los morosos también son comunicados a la Central de Información de Riesgos de los bancos centrales de cada país. A su vez, las empresas pueden comunicar los datos del moroso a determinadas empresas privadas que se encargarán de facilitar los datos a los bancos cuando así ellos lo soliciten. También nos notificaran que hemos sido incluidos en dichos ficheros y de como podemos salir de él (pagando, lógicamente). Las centrales de información de riesgos están sujetas a una fuerte política de protección de datos (en España regulada por el Real Decreto 15/1999 de 13 de diciembre y BOE del 14 de diciembre de 1999 que crea la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal). Estas son algunas de las centrales crediticias del mundo:
En España, existen varias maneras de proceder contra los impagados: Una de ellas es el denominado proceso monitorio amparado en el derecho civil. Consiste en hacer una petición formal al juzgado de primera instancia de nuestra localidad haciendo constar los datos del moroso, domicilio (si se conociese) y cantidad impagada (sobra decir que esa deuda tiene que estar reconocida legalmente por algún documento mercantil. No es necesaria la presencia de abogado pero este procedimiento sólo es aplicable para deudas no superiores a 30.000 Euros puesto que de lo contrario deberemos presentar una demanda formal ante el juez de primera instancia de nuestra localidad.
Si la deuda es causada por el impago de documentos cambiarios (cheques, pagarés, letras de cambio) deberemos iniciar un juicio cambiario, donde la presencia de abogado y procurador es necesaria.
Tanto en un caso como en otro el juzgado remitirá a los deudores una comunicación dándoles de plazo 15 días para satisfacer la deuda pendiente más los intereses de demora ocasionados. Por otra parte podemos pedir que se ejecute el embargo preventivo de los bienes que el deudor tenga a su nombre hasta que la deuda sea satisfecha, en caso contrario, el embargo será definitivo.
| Nombre del Procedimiento | Cantidad límite | ¿Abogado y Procurador necesarios? |
|---|---|---|
| Procedimiento Monitorio | Hasta 30.000 Euros. Deuda reconocida legalmente por un documeto público o privado suscrito por ambos donde uno de ellos se compromente a efectuar pagos a otro. | No, pero recomendable |
| Juicio Cambiario | Cualquier cantidad siempre que esté reconocida por un documento cambiario (cheques, pagarés y letras de cambio) | Sí |
La crisis, en toda su plenitud, en los datos macroeconómicos, pero también en los cotidianos. La cantidad impagada durante el mes de agosto en la provincia de Cádiz experimentó un incremento espectacular respecto al mismo mes del año anterior. Según las cifras hechas públicas ayer por el Instituto Nacional de Estadística (INE), la cantidad ascendió a 22.062.259 euros, unos números que superan en casi 10 millones los del año anterior, 12.063.000. Porcentualmente, el incremento es muy elevado, puesto que llega hasta el 82%.
Con ser muy importante, la cifra es ocho puntos menor que la producida en ámbito nacional, donde se dio también una fuerte subida, de hasta un 90%.
La cantidad de efectos impagados en este mes ascendió a 4.670, cuando en el mismo periodo, hace ahora un año, sólo llegó a los 3.151. La subida significa un 48%.
Fuente: ADN.es | 09/10/2008
La morosidad en el sector crece un 90% hasta los 1.441 millones mientras la creación de empresas sigue a la baja.
El importe de los efectos impagados al comercio por las familias y empresas que operan en España ha crecido un 90,9% en agosto en términos interanuales, lo que prácticamente supone que se ha duplicado hasta situarse en 1.441 millones de euros, según los datos publicados hoy por el Instituto Nacional de Estadística (INE).
Sin embargo, si se comparan estos datos con los registrados en el mes anterior, en julio, el volumen de impagados ha retrocedido un 30,4% frente a los 2.072 millones de julio, aunque hay que recordar que agosto es mes de vacaciones y tiene menor volumen de negocio. Concretamente, el número de efectos de comercio impagados ha alcanzado de 502.751, lo que representa un aumento del 34,1% en comparación con un año antes, y un retroceso del 18,7% con respecto al mes de julio, según explica la estadística del INE.
Al cierre de agosto, el número de efectos vencidos era de 9,33 millones, un 10,2% menos que en el mismo mes de 2007, y el importe total que alcanzaban se situaba en 25.360 millones de euros, un 8,9% menos.
La publicación de los impagos al comercio ha coincidido con los datos sobre creación de empresas, que ha caído un 37,1% con 5.705 nuevas sociedades mercantiles frente a agosto de 2007. También ha descendido el capital suscrito para su constitución, un 71,8% con 366 millones, mientras el capital medio suscrito se ha situado en 64.180 euros, otro descenso del 55,2% en tasa interanual.
Por su parte, el número de empresas que ampliaron capital en agosto ha sido de 2.654, una reducción del 11,4% con respecto al mismo mes de 2007; el capital suscrito en las ampliaciones fue de 3.362 millones de euros, un 54,5% menos en tasa interanual, y el capital medio ha superado los 1,2 millones de euros, lo que supone un descenso interanual del 48,6%.
Aún así, se han disuelto menos empresas que en agosto de hace un año con 728 sociedades, un descenso del 52,4%. De ellas, 583 lo hicieron de modo voluntario, 98 por fusión y 47 debido a otras causas. Según el INE, la comunidad con el mayor capital medio suscrito de las sociedades mercantiles creadas en agosto ha sido Madrid (116.227 euros), mientras que Cantabria presentó el menor (6.000 euros).
Fuente: ELPAIS.com | 08/10/2008